Artículo 69. La República Bolivariana de Venezuela reconoce y garantiza el derecho de asilo y refugio. Se prohíbe la extradición de venezolanos y venezolanas. https://www.oas.org/juridico/mla/sp/ven/sp_ven-int-const.html
Artículo 69.
La República Bolivariana de Venezuela reconoce y garantiza el derecho de asilo y refugio.
Se prohíbe la extradición de venezolanos y venezolanas.
https://www.oas.org/juridico/mla/sp/ven/sp_ven-int-const.html
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